Vigente NORMATIVA AL DÍA

Acuerdo Ministerial MDT-2020-079

Art. 12

De los requisitos para la revocatoria a la resolución de unificación de utilidades

Vigente desde 2023-11-29

El Ministerio del Trabajo a petición de los representantes legales de las empresas, podrá revocar la resolución de unificación de utilidades. Para el efecto, las empresas a través de sus representantes legales, deberán presentar las solicitudes de autorización para unificación de utilidades y revocatoria, hasta el 31 de diciembre de cada año fiscal con los siguientes requisitos: 1. Solicitud de revocatoria a la resolución de unificación y reparto de la participación de utilidades, firmada por los representantes legales de las empresas, dirigida al Director de Política Salarial o quien hiciere sus veces del Ministerio del Trabajo; 2. Informe justificativo que sustente motivadamente la solicitud de revocatoria; y, 3. Contar con el registro de utilidades en el Sistema de Salarios en Línea del último ejercicio económico.

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