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Art. 9 del Acuerdo Ministerial MDT-2017-0102

Efectos de la absolución de la consulta

Vigentedesde el 14 de agosto de 2017

Consolidación:
texto consolidado al 14 de agosto de 2017, sin reformas posteriores verificadas
Texto cargado en Vigente:
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El criterio que se emita al absolver una consulta formal, se limitará exclusivamente a los antecedentes que hayan sido planteados en la misma y no será vinculante para el Ministerio del Trabajo o el consultante, constituyendo sólo un informe, de carácter explicativo sobre la aplicación de las normas jurídicas respecto del asunto consultado.

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