Vigente NORMATIVA AL DÍA

Acuerdo Ministerial MDT-2017-0102

Art. 10

Obligaciones del consultante

Vigente desde 2017-08-14

La presentación de una consulta no exime al consultante del cumplimiento de sus obligaciones laborales legales y reglamentarias. Los consultantes no podrán interponer reclamo, recurso o acción judicial alguna contra el acto que absuelva su consulta. No obstante, el Ministerio del Trabajo, de oficio podrá modificar posteriormente su criterio, en caso de que las informaciones o documentos que sustentaren la consulta resultaren erróneos, de notoria falsedad o si la absolución contraviniere a disposición legal expresa.

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