Vigente NORMATIVA AL DÍA

Mandato Constituyente 8

DT 2

(Disposición Transitoria SEGUNDA)

Vigente desde 2009-05-18

Los trabajadores que se encontraban laborando bajo la modalidad de contrato por horas por más de 180 días con anterioridad a la aprobación de este mandato serán contratados de manera obligatoria bajo las distintas modalidades previstas en el Código del Trabajo según lo establecido en el artículo 2 del presente mandato.

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