Vigente NORMATIVA AL DÍA

Mandato Constituyente 8

DG 1

(Disposición General PRIMERA)

Vigente desde 2009-05-18

Para el caso de las empresas del sector estratégico público, los servicios técnicos especializados que requieran dichas empresas, podrán ser contratados civilmente. Los trabajadores de las empresas de servicios técnicos especializados, tendrán relación directa y bilateral con éstas y se sujetarán a las disposiciones del Código de Trabajo.

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