Ley de Seguridad Social › TÍTULO IX DE LA PROTECCIÓN CONTRA EL RIESGO DE CESANTÍA A TRAVÉS DEL FONDO DE RESERVA DEL TRABAJADOR
DT ro73-6
(Disposición Transitoria SEXTA)
Vigente desde 2025-10-07
La Fiscalía General de la Nación iniciará de inmediato una investigación sobre la administración de los referidos fondos y sobre el uso de los recursos públicos en ellos depositados, entregados o desembolsados a cualquier título. Del tema, informará al Congreso Nacional, en un plazo máximo de noventa días y, de determinarse presunciones de existencia de delitos, iniciará de inmediato las acciones del caso, de conformidad con la Constitución Política de la República y la ley. Las presunciones de responsabilidad civil y administrativa serán juzgadas por la Contraloría General del Estado.
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