Ley de Seguridad Social › TÍTULO III DE LA SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y SEGUROS
DT ro525-9
(Disposición Transitoria NOVENA)
Vigente desde 2025-10-07
CUANTÍA DE PRESTACIONES Y PRESTAMOS QUIROGRAFARIOS.- Las prestaciones en dinero y los préstamos quirografarios expresados en salarios mínimos de aportación se sujetarán en su cuantía a las reglas de aplicación progresiva definidas en la Disposición Transitoria Sexta.
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