Vigente NORMATIVA AL DÍA

Ley de Seguridad SocialTÍTULO ÚNICO DISPOSICIONES GENERALES

Art. 302

FACULTAD PARA TRANSIGIR

Vigente desde 2025-10-07

Con autorización del Consejo Directivo, el Director General o el Director Provincial, según el caso, podrán transigir y someter a juicio de árbitros las cuestiones en que esté interesado el IESS, de conformidad con la Ley de Arbitraje y Mediación.

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