Art. 299 de la Ley de Seguridad Social
DESIGNACIÓN DE APODERADOS ESPECIALES DEL IESS
Vigentedesde el 7 de octubre de 2025
- Consolidación:
- texto consolidado al 7 de octubre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
El Director General y el Director Provincial, según el caso, podrán encargar a los Ministros y Agentes Fiscales respectivos o a apoderados especiales, la representación y defensa de todos los asuntos en que el IESS tenga interés o presuma tenerlo. El oficio en que se comunique el encargo será título suficiente para ejercerlo. Los Agentes Fiscales no podrán excusarse de ejercer tal representación.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.