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Art. 215 de la Ley de Seguridad Social

PAGO DE LA PRESTACIÓN

Vigentedesde el 7 de octubre de 2025

Consolidación:
texto consolidado al 7 de octubre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
Texto cargado en Vigente:
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Las prestaciones mencionadas en el artículo anterior serán pagadas por el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social IESS.

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