Ley de Seguridad Social › TÍTULO VI DEL RÉGIMEN ESPECIAL DEL SEGURO VOLUNTARIO
Art. 153
PAGO DE APORTES
Vigente desde 2025-10-07
El afiliado voluntario pagará los aportes fijados por el IESS sobre los ingresos que realmente perciba y, en ningún caso, sobre valores inferiores al salario mínimo de aportación. El IESS podrá verificar en cualquier tiempo la cuantía de los ingresos realmente percibidos por el afiliado voluntario.
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