Art. 153 de la Ley de Seguridad Social
PAGO DE APORTES
Vigentedesde el 7 de octubre de 2025
- Consolidación:
- texto consolidado al 7 de octubre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
El afiliado voluntario pagará los aportes fijados por el IESS sobre los ingresos que realmente perciba y, en ningún caso, sobre valores inferiores al salario mínimo de aportación. El IESS podrá verificar en cualquier tiempo la cuantía de los ingresos realmente percibidos por el afiliado voluntario.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.