Vigente NORMATIVA AL DÍA

Ley de Seguridad SocialTÍTULO V DEL RÉGIMEN ESPECIAL DEL SEGURO DE LOS TRABAJADORES DE LA CONSTRUCCIÓN

Art. 151

CONTROL DE AFILIACIÓN

Vigente desde 2025-10-07

El Banco Ecuatoriano de la Vivienda, los bancos privados con sección hipotecaria y las asociaciones mutualistas de ahorro y crédito para vivienda, remitirán mensualmente al IESS la información referente a los créditos concedidos para edificación de inmuebles a fin de controlar la afiliación de los trabajadores que sean ocupados en ellas. Las municipalidades remitirán al IESS informes mensuales sobre los permisos de construcción que fueren concedidos en sus respectivas circunscripciones cantonales.

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