Vigente NORMATIVA AL DÍA

Ley de Seguridad SocialTÍTULO V DEL RÉGIMEN ESPECIAL DEL SEGURO DE LOS TRABAJADORES DE LA CONSTRUCCIÓN

Art. 150

APORTACIÓN PROPORCIONAL POR SEMANA INTEGRAL

Vigente desde 2025-10-07

Si la relación laboral termina antes de cumplidas las cinco jornadas por semana del trabajador de la construcción, su empleador confeccionará las planillas y pagará los aportes al IESS por la parte proporcional de la semana integral.

Ver historial de versiones

Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.