Art. 150 de la Ley de Seguridad Social
APORTACIÓN PROPORCIONAL POR SEMANA INTEGRAL
Vigentedesde el 7 de octubre de 2025
- Consolidación:
- texto consolidado al 7 de octubre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
Si la relación laboral termina antes de cumplidas las cinco jornadas por semana del trabajador de la construcción, su empleador confeccionará las planillas y pagará los aportes al IESS por la parte proporcional de la semana integral.
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