Vigente NORMATIVA AL DÍA

Ley de Seguridad SocialTÍTULO IV DEL RÉGIMEN ESPECIAL DEL SEGURO SOCIAL CAMPESINO

Art. 143

LINEAMIENTOS DE POLÍTICA

Vigente desde 2025-10-07

Los trabajadores de la construcción, permanentes, temporales, ocasionales o a prueba, serán afiliados obligatoriamente al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social y estarán protegidos por el Seguro Universal Obligatorio de sus Afiliados bajo las condiciones especiales señaladas en el presente título.

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