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SEGUNDA

DG 3

Vigentedesde el 10 de diciembre de 2012

Fuente:
Registro Oficial Suplemento 847, 10 de diciembre de 2012
Texto cargado en Vigente:
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El Ministerio rector de la inclusión económica y social continuará, dentro de su estrategia territorial, fortaleciendo su acción en las zonas de frontera y región amazónica a fin de procurar que, entre los beneficiarios del bono de desarrollo humano que se designen conforme a la normativa correspondiente, se prioricen a los adultos mayores y las personas con discapacidad que se encuentren en esa situación de vulnerabilidad.

La Función Ejecutiva mantendrá la potestad de regulación, administración, operación, monitoreo y pago del mencionado Bono.

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