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Art. (...) de la Ley de Régimen Tributario Interno

segundo artículo innumerado posterior al Art. 75

Formas de Imposición

Vigentedesde el 14 de noviembre de 2023

Fuente:
Registro Oficial Suplemento 283, 14 de noviembre de 2023
Texto cargado en Vigente:
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Para el caso de bienes y servicios gravados con ICE, se podrán aplicar los siguientes tipos de imposición según lo previsto en la Ley:

  1. 1. Específica Es aquella en la cual se grava con una tarifa fija a cada unidad de bien transferida por el fabricante nacional o cada unidad de bien importada, independientemente de su valor;

  2. 2. Ad valorem Es aquella en la que se aplica una tarifa porcentual sobre la base imponible determinada de conformidad con las disposiciones de la presente Ley; y,

  3. 3. Mixta Es aquella que combina los dos tipos de imposición anteriores sobre un mismo bien o servicio.

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