Art. (...) de la Ley de Régimen Tributario Interno
segundo artículo innumerado posterior al Art. 75
Formas de Imposición
Vigentedesde el 14 de noviembre de 2023
- Fuente:
- Registro Oficial Suplemento 283, 14 de noviembre de 2023
- Texto cargado en Vigente:
Para el caso de bienes y servicios gravados con ICE, se podrán aplicar los siguientes tipos de imposición según lo previsto en la Ley:
1. Específica Es aquella en la cual se grava con una tarifa fija a cada unidad de bien transferida por el fabricante nacional o cada unidad de bien importada, independientemente de su valor;
2. Ad valorem Es aquella en la que se aplica una tarifa porcentual sobre la base imponible determinada de conformidad con las disposiciones de la presente Ley; y,
3. Mixta Es aquella que combina los dos tipos de imposición anteriores sobre un mismo bien o servicio.
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