Art. (...) de la Ley de Régimen Tributario Interno
primer artículo innumerado posterior al Art. 75
No sujeción
Vigentedesde el 29 de abril de 2016
- Fuente:
- Registro Oficial Suplemento 744, 29 de abril de 2016
- Texto cargado en Vigente:
No se encuentran sujetos al pago de este impuesto las adquisiciones y donaciones de bienes de procedencia nacional o importados que realicen o se donen a entidades u organismos del sector público, respectivamente, conforme los bienes detallados, límites, condiciones y requisitos que mediante resolución establezca el Servicio de Rentas Internas.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.