Ley de Régimen Tributario Interno › Título Segundo. IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
Art. (...)
tercer artículo innumerado posterior al Art. 72
Vigente desde 2018-08-21
Las sociedades que desarrollen proyectos de construcción de vivienda de interés social en proyectos calificados por parte del ente rector en materia de vivienda, tendrán derecho a la devolución ágil del IVA pagado en las adquisiciones locales de bienes y servicios empleados para el desarrollo del proyecto, conforme las condiciones, requisitos, procedimientos y límites previstos en el Reglamento a esta Ley, así como en las resoluciones que para el efecto emita el Servicio de Rentas Internas.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.