Art. (...) de la Ley de Régimen Tributario Interno
tercer artículo innumerado posterior al Art. 72
Vigentedesde el 21 de agosto de 2018
- Fuente:
- Registro Oficial Suplemento 309, 21 de agosto de 2018
- Texto cargado en Vigente:
Las sociedades que desarrollen proyectos de construcción de vivienda de interés social en proyectos calificados por parte del ente rector en materia de vivienda, tendrán derecho a la devolución ágil del IVA pagado en las adquisiciones locales de bienes y servicios empleados para el desarrollo del proyecto, conforme las condiciones, requisitos, procedimientos y límites previstos en el Reglamento a esta Ley, así como en las resoluciones que para el efecto emita el Servicio de Rentas Internas.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.