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Art. 97.8 de la Ley de Régimen Tributario Interno

Declaración y forma de pago

Vigentedesde el 20 de junio de 2023

Fuente:
Registro Oficial Suplemento 335, 20 de junio de 2023
Texto cargado en Vigente:
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El Impuesto a la Renta sujeto al presente régimen se liquidará y pagará hasta el mes de junio de cada año fiscal, conforme las resoluciones de carácter general que emita el Servicio de Rentas Internas para el efecto. El retraso en la presentación de la declaración y pago del impuesto estará sujeto a las sanciones e intereses previstos en el Código Tributario.

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