Art. 35.8 de la Ley de Régimen Tributario Interno
Declaración y pago del impuesto
Vigentedesde el 20 de diciembre de 2023
- Fuente:
- Registro Oficial Suplemento 461, 20 de diciembre de 2023
- Texto cargado en Vigente:
Los operadores deberán presentar una declaración del impuesto generado en la periodicidad y condiciones establecidas en el reglamento.
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