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Art. 25 de la Ley de Régimen Tributario Interno

Determinación presuntiva por coeficientes

Vigentedesde el 29 de diciembre de 2007

Fuente:
Registro Oficial Suplemento 242, 29 de diciembre de 2007
Texto cargado en Vigente:
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Cuando no sea posible realizar la determinación presuntiva utilizando los elementos señalados en el artículo precedente, se aplicarán coeficientes de estimación presuntiva de carácter general, por ramas de actividad económica, que serán fijados anualmente por el Director General del Servicio de Rentas Internas, mediante Resolución que debe dictarse en los primeros días del mes de enero de cada año. Estos coeficientes se fijarán tomando como base el capital propio y ajeno que utilicen los sujetos pasivos, las informaciones que se obtengan de sujetos pasivos que operen en condiciones similares y otros indicadores que se estimen apropiados.

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  1. Art. 23 de la Ley de Régimen Tributario Interno · Determinación por la administración

    «en los que esta forma de determinación proceda de conformidad con el artículo 24 y 25 de esta Ley, y de forma motivada por la Administración Tributaria, precautelando la»

  2. Art. 92 del Código Tributario · Forma presuntiva

    «en los que esta forma de determinación proceda de conformidad con el artículo 24 y 25 de la Ley de Régimen Tributario Interno, y de forma motivada por la Administración»

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