Vigente NORMATIVA AL DÍA

Ley Orgánica de Protección de Datos PersonalesTÍTULO III MEDIDAS PARA LA PREVENCIÓN DEL LAVADO DE ACTIVOS Y SUS DELITOS PRECEDENTES, LA FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO Y DE LA PROLIFERACIÓN DE ARMAS DE DESTRUCCIÓN MASIVA

Art. 38

Conformación y atribuciones

Vigente desde 2026-02-02

La conformación y estructura de las unidades complementarias dependerá de la organización de la entidad a la que pertenezca; no obstante, dentro de sus atribuciones se deberán considerar las siguientes: 1. Acatar los lineamientos, formatos, campos y parámetros establecidos en las guías, protocolos y demás normativa secundaria que emita la Unidad de Análisis Financiero y Económico; 2. Enviar sus reportes en calidad de alertas tempranas para ser analizadas por la Unidad de Análisis Financiero y Económico; 3. Ejecutar programas de cumplimiento normativo en materia de prevención, detección y combate del delito de lavado de activos y de la financiación de otros delitos, mediante la implementación de políticas internas y procedimientos, que permitan diseñar y aplicar manuales de prevención, procesos de debida diligencia, control, vigilancia y supervisión en los casos que aplique; 4. Garantizar la confidencialidad de las alertas tempranas e información y las demás que determine la normativa emitida en la materia; 5. Elaborar un plan anual de capacitación interno dirigido al personal de su institución; y, 6. Las demás determinadas por la Unidad de Análisis Financiero y Económico.

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