Art. 6 de la Ley Orgánica para la Igualdad Salarial
De la obligatoriedad
Vigentedesde el 19 de enero de 2024
- Consolidación:
- texto consolidado al 19 de enero de 2024, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
Todo empleador público y privado está obligado a remunerar de forma igualitaria a todas y todos sus servidores, trabajadores u obreros, sin discriminación de género, por el mismo trabajo realizado o de igual valor. En caso de incumplimiento comprobado, se le aplicarán las sanciones establecidas en la Ley.
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