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Art. 6 de la Ley Orgánica para la Igualdad Salarial

De la obligatoriedad

Vigentedesde el 19 de enero de 2024

Consolidación:
texto consolidado al 19 de enero de 2024, sin reformas posteriores verificadas
Texto cargado en Vigente:
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Todo empleador público y privado está obligado a remunerar de forma igualitaria a todas y todos sus servidores, trabajadores u obreros, sin discriminación de género, por el mismo trabajo realizado o de igual valor. En caso de incumplimiento comprobado, se le aplicarán las sanciones establecidas en la Ley.

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