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Art. 12 de la Ley Orgánica para la Igualdad Salarial

De la respuesta al reclamo

Vigentedesde el 19 de enero de 2024

Consolidación:
texto consolidado al 19 de enero de 2024, sin reformas posteriores verificadas
Texto cargado en Vigente:
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La respuesta a la denuncia o reclamo descrita en esta Ley, debe ser presentada por escrito y debidamente justificada en el término máximo de quince (15) días. Si la trabajadora o servidora pública no se siente satisfecha con la respuesta de la autoridad administrativa podrá acudir al ente rector del trabajo señalando por escrito y de manera argumentada su denuncia sobre presuntas vulneraciones al derecho a la igualdad de remuneración.

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