Ley Orgánica de la Economía Popular y Solidaria y del Sector Financiero Popular y Solidario › Título VI De las Relaciones con el Estado
Art. 163
Funciones del Directorio
Vigente desde 2025-10-07
Son funciones del Directorio las siguientes: a) Aprobar el Estatuto social y las metodologías de operación de la Corporación y sus componentes de crédito, inversiones y demás servicios financieros, bajo criterios de seguridad, liquidez y sostenibilidad; b) Aprobar la creación de nuevos mecanismos de financiamiento, servicios financieros, garantía crediticia, fortalecimiento y capacitación o rediseño de los existentes; c) Vigilar que se cumplan con las políticas y normas de la Corporación; d) Conocer y aprobar los planes y presupuestos de la Corporación; e) Designar y remover al Director General de la Corporación; y, f) Seleccionar el auditor externo.
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