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Art. 152.2 de la Ley Orgánica de la Economía Popular y Solidaria y del Sector Financiero Popular y Solidario

Control progresivo y diferenciado

Vigentedesde el 7 de octubre de 2025

Consolidación:
texto consolidado al 7 de octubre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
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La Superintendencia diseñará mecanismos diferenciados y progresivos de supervisión y control directo o auxiliar, según el objeto social y el tamaño de la organización, especialmente, durante los tres primeros años de funcionamiento, en que se estimulará su consolidación empresarial.

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