Disposición Reformatoria CUARTA
DR g2-4
Vigentedesde el 12 de mayo de 2023
- Consolidación:
- texto consolidado al 12 de mayo de 2023, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
Sustitúyase el segundo artículo innumerado que se encuentra a continuación del artículo 152 del Código del Trabajo que versa sobre la "Licencia por Adopción", por uno con el siguiente texto: " Art. 155.2.- Licencia por Adopción.- Los padres adoptivos tendrán derecho a una licencia por adopción por treinta (30) días a partir del egresamiento de la entidad encargada del acogimiento institucional de adopción de la niña, niño o adolescente, de dicha entidad.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.