Vigente NORMATIVA AL DÍA

Ley Orgánica del Derecho al Cuidado HumanoTítulo Séptimo Del Sistema Nacional Integrado para el Cuidado Generalidades

DR g2-4

(Disposición Reformatoria CUARTA)

Vigente desde 2023-05-12

Sustitúyase el segundo artículo innumerado que se encuentra a continuación del artículo 152 del Código del Trabajo que versa sobre la "Licencia por Adopción", por uno con el siguiente texto: " Art. 155.2.- Licencia por Adopción.- Los padres adoptivos tendrán derecho a una licencia por adopción por treinta (30) días a partir del egresamiento de la entidad encargada del acogimiento institucional de adopción de la niña, niño o adolescente, de dicha entidad.

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