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Art. 35 de la Ley Orgánica del Derecho al Cuidado Humano

Vigentedesde el 12 de mayo de 2023

Consolidación:
texto consolidado al 12 de mayo de 2023, sin reformas posteriores verificadas
Texto cargado en Vigente:
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De la promoción del derecho al cuidado. La promoción a través de mecanismos de formación, capacitación, sensibilización y difusión está dirigida a eliminar progresivamente los patrones socioculturales y estereotipos patriarcales alrededor de los trabajos de cuidado que actualmente se encuentren feminizados. El Estado debe promover y desarrollar actividades para prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres y hombres que ejerzan el derecho a cuidar a un tercero, al autocuidado y a ser cuidado.

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