Ley Orgánica del Derecho al Cuidado Humano › Título Segundo De los derechos y deberes
Art. 16
Vigente desde 2023-05-12
El derecho a la tutela efectiva. Toda persona con capacidad de gestación que se encuentre en período de embarazo, parto, puerperio, lactancia o cuidado, que considere que sus derechos humanos han sido vulnerados tiene derecho a la tutela judicial efectiva, conforme lo dispone la Constitución de la República y los Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos.
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