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Art. 85 de la Ley Orgánica de las Personas con Discapacidad

Tasas o tarifas notariales, consulares y de registro civil, identificación y cedulación

Vigentedesde el 21 de julio de 2025

Consolidación:
texto consolidado al 21 de julio de 2025, sin reformas posteriores verificadas
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Las personas con discapacidad se encuentran exentas del pago de las tasas o tarifas por servicios notariales, consulares y de registro civil, identificación y cedulación, así como por la obtención de su pasaporte.

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