Vigente NORMATIVA AL DÍA

Ley Orgánica de las Personas con DiscapacidadTÍTULO II DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Art. 60

Vigente desde 2025-07-21

Capacitación. El Consejo Nacional para la Igualdad de Discapacidades en coordinación con las instituciones públicas ejecutarán programas gratuitos de manera progresiva y permanente de capacitación dirigidos a las y los servidores públicos a fin de promover el conocimiento de esta Ley, prepararlos y orientarlos en la correcta atención y trato a sus compañeros, colaboradores y usuarios con discapacidad. Dichos programas deberán ser planificados anualmente por las instituciones públicas y contendrán diversidad de temáticas del ámbito de la discapacidad y podrán ser presenciales o virtuales. El Servicio Ecuatoriano de Capacitación Profesional brindará capacitaciones a las personas con discapacidad en condición de desempleo con el fin de capacitarse y prepararse para un empleo, o ejercer un emprendimiento.

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