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Art. 5 de la Ley Orgánica de las Personas con Discapacidad

Vigentedesde el 21 de julio de 2025

Consolidación:
texto consolidado al 21 de julio de 2025, sin reformas posteriores verificadas
Texto cargado en Vigente:
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Sujetos. Se encuentran amparadas por esta Ley: a) Las personas con discapacidad que se encuentren en el territorio ecuatoriano y aquellas ecuatorianas y ecuatorianos que se encuentren en el exterior, en lo que sea aplicable. b) Las personas en calidad de sustitutas directas. c) Las personas en calidad de sustitutas por solidaridad humana. d) Las personas en calidad de cuidadoras. e) Las personas jurídicas públicas y privadas sin fines de lucro dedicadas a la atención y cuidado de personas con discapacidad, acreditadas por la autoridad competente.

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