Art. 45 de la Ley Orgánica de las Personas con Discapacidad
Fomento de investigación e innovación tecnológica
Vigentedesde el 21 de julio de 2025
- Consolidación:
- texto consolidado al 21 de julio de 2025, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
La Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación fomentará, en función de su presupuesto, la investigación de los diferentes tipos de discapacidades, para permitir respuestas más especializadas a estas necesidades de investigación. Se incentivará a los estudiantes universitarios para que elaboren proyectos de titulación de prototipos que puedan ser usados por personas con discapacidad.
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