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Art. 36 de la Ley Orgánica de las Personas con Discapacidad

Inclusión étnica y cultural

Vigentedesde el 21 de julio de 2025

Consolidación:
texto consolidado al 21 de julio de 2025, sin reformas posteriores verificadas
Texto cargado en Vigente:
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El ente rector del Sistema Nacional de Educación y del Sistema de Educación Intercultural Bilingüe y la Etnoeducación emitirá e implementará las políticas públicas para que las personas con discapacidad desarrollen procesos educativos y formativos dentro de sus comunidades de origen, en su idioma materno o ancestral, fomentando su inclusión étnico-cultural y comunitaria de forma integral.

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