Ley Orgánica de las Personas con Discapacidad › TÍTULO II DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Art. 35
Educación coparticipativa
Vigente desde 2025-07-21
El ente rector del Sistema Nacional de Educación y del Sistema de Educación Intercultural Bilingüe y la Etnoeducación y el ente rector del Sistema de Educación Superior garantizarán que los centros educativos involucren en la participación de los procesos educativos y formativos desarrollados en el área de discapacidades, como parte de la comunidad educativa, a la familia y a las personas que tengan bajo su responsabilidad o cuidado a personas con discapacidad.
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