Ley Orgánica de las Personas con Discapacidad › TÍTULO II DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Art. 14
Derecho a la participación política
Vigente desde 2025-07-21
Las personas con discapacidad tienen derecho a participar en la vida política, en los procesos electorales y en la toma de decisiones públicas que les afecten, en igualdad de condiciones de conformidad con la Ley. Las organizaciones políticas incluirán a las personas con discapacidad dentro de las candidaturas para participar en los procesos de elección popular.
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