Art. 14 de la Ley Orgánica de las Personas con Discapacidad
Derecho a la participación política
Vigentedesde el 21 de julio de 2025
- Consolidación:
- texto consolidado al 21 de julio de 2025, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
Las personas con discapacidad tienen derecho a participar en la vida política, en los procesos electorales y en la toma de decisiones públicas que les afecten, en igualdad de condiciones de conformidad con la Ley. Las organizaciones políticas incluirán a las personas con discapacidad dentro de las candidaturas para participar en los procesos de elección popular.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.