Vigente NORMATIVA AL DÍA

Ley Orgánica de las Personas con DiscapacidadTÍTULO V INFRACCIONES Y PROCEDIMIENTO

Art. 130

Prescripción

Vigente desde 2025-07-21

La acción para sancionar estas infracciones prescribe en ciento ochenta días luego de cometida la infracción.

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