DT 5
(Disposición Transitoria QUINTA)
Vigente desde 2026-02-11
Las compañías que se encuentren en proceso de liquidación a la fecha de vigencia de la presente ley, continuarán tramitándose hasta su conclusión conforme a la normativa vigente en el momento de la inscripción de la resolución de disolución en el Registro Mercantil.
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