Art. (...) de la Ley de Compañías
octavo artículo innumerado posterior al Art. 352
Vigentedesde el 11 de febrero de 2026
- Consolidación:
- texto consolidado al 11 de febrero de 2026, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
Formalización: La formalización de los procesos indicados en el numeral 4 de esta sección X se realizará mediante escritura pública y se estará a lo establecido en las normas contempladas en esta Ley para la transformación, fusión o escisión, en lo que aplique.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.