Art. (...) de la Ley de Compañías
séptimo artículo innumerado posterior al Art. 352
Vigentedesde el 11 de febrero de 2026
- Consolidación:
- texto consolidado al 11 de febrero de 2026, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
Aplicación de la normativa nacional por razones de interés público: Las normas que se aplican a una fusión serán también de aplicación a las fusiones transfronterizas.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.