Art. (...)
32º artículo innumerado posterior al Art. 317
Reuniones de los órganos sociales
Vigente desde 2026-02-11
La asamblea de accionistas podrá reunirse en el domicilio principal de la sociedad por acciones simplificada o fuera de él, aunque no esté presente un quórum universal, con concurrencia del o de los accionistas, en persona o por representante, siempre y cuando se cumplan los requisitos de quórum y convocatoria previstos en el presente capítulo.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.