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Art. 414.28 de la Ley de Compañías

Activos y pasivos sobrevenidos a la cancelación de una compañía producto de su liquidación simplificada

Vigentedesde el 11 de febrero de 2026

Consolidación:
texto consolidado al 11 de febrero de 2026, sin reformas posteriores verificadas
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En caso de existir activos y pasivos sobrevenidos a la cancelación registral de una compañía que hubiere realizado un proceso de liquidación simplificada, se aplicarán las disposiciones de esta Ley.

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