Vigente NORMATIVA AL DÍA

Ley de Compañías

Art. 414.27

Emisión de resolución producto del procedimiento de liquidación simplificado

Vigente desde 2026-02-11

En aplicación de la política de simplificación de trámites administrativos, la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros no podrá exigir, como requisito para emitir una resolución de cancelación producto de un proceso simplificado de liquidación, la presentación de certificados de cumplimiento de obligaciones para con otras entidades o dependencias públicas o privadas. De existir obligaciones pendientes con otros organismos del Estado o acreedores particulares, se aplicarán las disposiciones previstas en esta Ley.

Ver historial de versiones

Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.