Vigente NORMATIVA AL DÍA

Ley de Compañías

Art. 414.12

Vigente desde 2026-02-11

La revocatoria del permiso de operación surte los mismos efectos que la disolución. Consecuentemente, la compañía extranjera a la que se haya revocado el permiso para operar entrará en liquidación inmediatamente después de su inscripción en el Registro Mercantil.

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