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Art. 399 de la Ley de Compañías

Vigentedesde el 11 de febrero de 2026

Consolidación:
texto consolidado al 11 de febrero de 2026, sin reformas posteriores verificadas
Texto cargado en Vigente:
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En la liquidación de las compañías en que tengan interés niños, niñas o adolescentes, interdictos o inhabilitados, actuarán sus representantes legales, tutores o curadores, con la diligencia a que están obligados de acuerdo con la ley. De modo especial responderán por la negligencia, culpa o dolo con que procedan.

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