Vigente NORMATIVA AL DÍA

Ley de Compañías

Art. 398

Vigente desde 2026-02-11

El litigio sobre la propiedad de las acciones o participaciones no suspende la liquidación. La parte del haber social que corresponda a tales acciones o participaciones será depositada a la orden del juez que conozca de la causa. 10 de Diciembre del 2020 .

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