Vigente NORMATIVA AL DÍA

Ley de Compañías

Art. 359

Vigente desde 2026-02-11

Las sociedades se disuelven: a.- De pleno derecho; b.- Por voluntad de los socios o accionistas; c.- Por decisión de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros; o d.- Por sentencia ejecutoriada. A. DISOLUCIÓN DE PLENO DERECHO

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