Vigente NORMATIVA AL DÍA

Ley de Compañías

Art. 216.3

Vigente desde 2026-02-11

La petición será admitida mediante decisión de la Superintendencia. La notificación de la petición a la compañía se efectuará dentro del término de cinco días contado después de la admisión de la petición.

Ver historial de versiones

Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.