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Art. 20 del Se expide el Reglamento especial para la aplicación del Régimen de Incentivos Tributarios para Vivienda de Interés Social previsto en la Ley de Régimen Tributario Interno

Perfeccionamiento de la donación

Vigentedesde el 6 de julio de 2026

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La donación de valores que correspondan al subsidio parcial para viviendas de interés social del segmento 2, se realizará mediante transferencia de los recursos a la cuenta establecida para el efecto y que constará en la escritura pública de transferencia de dominio.

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