Código del Trabajo › TÍTULO VIII DEL DESISTIMIENTO, DEL ABANDONO Y DE LA PRESCRIPCIÓN
DG 1
(Disposición General única)
Vigente desde 2026-04-09
En los juicios laborales de carácter individual contra instituciones pertenecientes al sector público, se aplicarán las normas de los artículos 9, 10 y 12 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General del Estado.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.